CabeceraSostenibilidad-01

Nota de aviso nº 26 -12 de Junio de 2023-
Estimados/as compañeros y compañeras:

Tal como os hemos informado en distintas ocasiones, la Directiva de Sostenibilidad (2022/2464) modificó la Directiva de Contabilidad (2013/34), obligando a determinadas empresas -grandes empresas, pymes cotizadas y determinadas filiales- a incluir, en su informe de gestión, un informe de sostenibilidad de acuerdo con uno estándares europeos elaborados por el EFRAG.

Tal como mandataba la Directiva en su considerando 54, para satisfacer las necesidades de información de los stakeholders y, en particular, de los usuarios en los mercados financieros, de acuerdo con los requisitos establecidos en los actos delegados adoptados en virtud del artículo 4, apartados 6 y 7, del Reglamento (UE) 2019/2088, la Comisión debía adoptar mediante actos delegados una primera serie de normas de presentación de información sobre sostenibilidad a más tardar el 30 de junio de 2023.

Pues bien, en virtud de lo anterior, el pasado 09 de Junio, se sometió a Consulta Pública la propuesta borrador de acto delegado correspondiente al primer set de normas europeas de presentación de información sobre sostenibilidad (Ver aquí), conocidas por sus siglas en inglés como ESRS. El texto conlleva cambios sustanciales en comparación con la versión anteriormente remitida a la Comisión Europea por parte del EFRAG, pasando de un enfoque de requerimientos divulgación obligatorios a un enfoque basado en el análisis de la materialidad.

Los principales cambios son los siguientes:
  • Materialidad: todos los estándares y todos los requisitos de divulgación y puntos de datos dentro de cada estándar estarán sujetos a una evaluación de materialidad por parte de la empresa, con la excepción de los requisitos de divulgación especificados en el estándar "Divulgaciones generales". Se espera que esta medida conduzca a una reducción significativa de la cargas administrativas y ayudará a garantizar que las normas sean proporcionadas;
  • Incorporación gradual de ciertos requisitos: Además de las incorporaciones propuestas por el EFRAG, la Comisión ha previsto otras incorporaciones con el objeto de ayudar a todas las empresas, y en particular a las más pequeñas que están sujetas a requisitos de información sobre sostenibilidad por primera vez, a aplicar las normas con eficacia. Adicionalmente, las incorporaciones introducidas por la Comisión son:
    • Las empresas con menos de 750 empleados pueden omitir:
      • Ciertos datos de emisiones de gases de efecto invernadero;
      • Los requisitos de divulgación especificados en la norma sobre “mano de obra propia” en el primer año en que aplican las normas;
      • Y los requisitos de divulgación especificados en los estándares sobre biodiversidad y sobre los trabajadores de la cadena de valor, las comunidades afectadas y los consumidores y usuarios finales en los primeros dos años en que aplican los estándares.
    • Todas las empresas pueden omitir la siguiente información, en el primer año en que aplican las normas:
      • Efectos financieros anticipados relacionados con cuestiones ambientales no climáticas (contaminación, agua, biodiversidad y uso de recursos);
      • Determinados puntos de datos relacionados con su propia mano de obra (protección social, personas con discapacidad, problemas de salud relacionados con el trabajo y conciliación de la vida laboral y familiar).
  • Hacer que ciertas divulgaciones sean voluntarias: El primer borrador presentado por EFRAG ya incluía muchos puntos de datos voluntarios. Pues bien, la Comisión ha convertido además una serie de puntos de datos obligatorios propuestos por EFRAG ahora en puntos de datos voluntarios. Por ejemplo: planes de transición de la biodiversidad; ciertos indicadores sobre "no empleados" en la propia mano de obra de la empresa; y una explicación de por qué la empresa puede considerar que un tema de sostenibilidad en particular no es material. Además, la Comisión Europea propone modificar los puntos de datos sobre corrupción y soborno, entre otras materias.
  • Coherencia con el marco legal de la UE: La Comisión proponer ciertas modificaciones técnicas para garantizar una mejor alineación con otras disposiciones de la Directiva de Contabilidad y con otros actos legislativos, por ejemplo, en relación con la Directiva de transparencia salarial y el Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.
  • Interoperabilidad con iniciativas globales de establecimiento de estándares: La CE proponer algunas modificaciones para garantizar una mayor interoperabilidad con otros estándares internacionales, como pueden ser los elaborados por la Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad de la IFRS o el Global Reporting Initiative (GRI).
  • Modificaciones editoriales y de presentación: La Comisión ha realizado cambios editoriales y cambios de presentación para mejorar la claridad, usabilidad y coherencia de la estándares. Esto incluye, por ejemplo, la introducción de una convención de redacción para identificar claramente todos los términos.
Se pueden presentar comentarios hasta el 07 de Julio de 2023. Para más información pincha en el siguiente enlace.

Esperando que resulte de vuestro interés, recibid un cordial saludo.

Consejo General de Economistas de España
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