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Nota de aviso nº 22 -04 de mayo de 2023-

Estimado/a compañero/a.

Tal como os hemos informado, a través de la nota de aviso remitida el pasado 19 de febrero (ver aquí), el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital publicó la Consulta Pública Previa sobre el Anteproyecto de Ley de Información sobre Sostenibilidad (ver aquí), en el que participó el Consejo General de Economistas de España remitiendo los respectivos comentarios.

El objetivo principal de este desarrollo normativo es adaptar el ordenamiento jurídico español a las disposiciones introducidas por la Directiva (UE) 2022/2464 para mejorar la calidad, la comparabilidad y la fiabilidad de la información sobre sostenibilidad publicada por las empresas -de cuyo contenido os hemos informado, entre otras, a través de la Nota de Aviso núm. 19-.

Pues bien informaros que, en el día de ayer en el seno del Consejo de Ministros, se acordó abrir a Audiencia Pública el Texto del Anteproyecto de Ley por el que se regula el marco de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza. Tal como reza la nota de prensa (ver aquí), la información obligatoria incluye cuestiones medioambientales, sociales, de derechos humanos y de gobernanza, así como información sobre la forma en que la actividad de la empresa se asocia a actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles.

Respecto a las pymes, el texto propuesto amplía el ámbito de aplicación a todas las empresas cotizadas y entidades financieras, excluyendo microempresas, y tendrá una entrada en vigor escalonada para facilitar la adaptación. Se excluye a las microempresas (activos de menos de 350.000 euros, cifra de negocios menor a 700.000 euros o menos de 10 empleados). De hecho, las medianas y pequeñas empresas obligadas dispondrán de una serie de facilidades al contar con unas normas específicas adoptadas por la Comisión acordes a su capacidad y características, como son: un contenido más reducido, unas normas específicas con las que presentar dicha información y un periodo adicional para prepararse de cara a este nuevo requisito informativo, al incluirse una excepción para las PYMES que fija la entrada en vigor de la norma a partir de 2026.

Entre otras novedades, también destacamos también que la información que presenten las empresas será objeto de verificación, bien por un auditor de cuentas, (que puede ser el mismo que audita las cuentas u otro diferente) o por un prestador independiente de servicios de verificación. España, a diferencia de otros países, ya había incluido la verificación de la información no financiera en la Ley 11/2018, lo que va a facilitar el proceso de adaptación al nuevo marco de verificación que tiene el objetivo de ser igual de exigente que la auditoría de cuentas. De esta forma se contribuye a la fiabilidad y comparabilidad de la información.
Esperando que resulte de vuestro interés, recibid un cordial saludo.

Consejo General de Economistas de España
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